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Familia unida están sentada sobre una alfombra y un niño en medio sosteniendo un cartón en sus manos sobre su cabeza simulando techo de una casa.

Subsidio para vivienda nueva

Es un aporte económico de hasta $39.000.000*para que complementes la cuota inicial de tu nueva vivienda. Este monto no es un préstamo, por lo que no tendrás que preocuparte por devolverlo.El valor de la vivienda nueva de interés social (VIS) es de hasta 150 SMMLV, que equivalen a  $195.000.000* y aplica solo para municipios y ciudades descritas en el Decreto 1607 de 2022 (Bogotá, Tabio, Cajicá, Chía, Cota, Facatativá, Funza, La Calera, Madrid, Mosquera, Sibaté, Soacha, Tocancipá y Zipaquirá),  además de otros descritos en dicho decreto. Para los demás municipios y ciudades aplicará el valor de hasta 135 SMMLV, equivalentes a $175.500.000*



¿Quieres postularte en línea al subsidio de vivienda?

La respuesta a la solicitud se notificará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la radicación. 


Acerca de este subsidio

Ser afiliado a la Caja Colombiana de Subsidio Familiar-Colsubsidio como:

  • Empleado aportante. 
  • Pensionado aportante del 2 % sobre su mesada pensional. 
  • Trabajador independiente aportante del 2% sobre sus ingresos, debe coincidir con lo aportado a seguridad social. 

Nota: para independientes y pensionados se exige un mínimo de 6 meses continuos y completos de antigüedad de afiliación para postularse. ​ 

  • No ser propietario o poseedor de vivienda en el territorio nacional (también aplica en herencias). 
  • No percibir ingresos familiares superiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, un ingreso máximo de $ 5.200.000 sumando los ingresos de todos los mayores de edad que laboren en el grupo familiar postulante 
  • No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda, incluyendo a los menores de edad postulantes. 
  • Descarga y diligencia el formato de declaración de estado civil y condición especial SFV (PDF, 256 KB). 

    Nota: los datos suministrados en los anteriores formatos deberán corresponder a la condición e información actual de hogar, de presentarse inconsistencias en los datos no será posible notificar los avances y/o resultados en las diferentes etapas del proceso. 

  • Fotocopia legible de las cédulas de ciudadanía de todos los mayores de edad y contraseñas, si aplica. 

    Certificaciones laborales/ingresos

  • Para los postulantes aportantes (empleados dependientes), el ingreso debe ser soportado mediante certificación(es) laboral(es) de la(s) empresa(s) donde labora, (originales y/o digitales con vigencia no mayor a 60 días calendario). 
  • Para  postulantes independientes o actividad laboral no formal, certificación expedida por contador público y de quien debe anexar: fotocopia de cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional y certificación de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores (originales y/o digitales con vigencia no mayor a 60 días calendario). 
  • Para postulantes pensionados, anexar fotocopia del último desprendible de pago de aporte de la pensión emitido por la entidad pensional. 
  • Copia de carta de crédito preaprobado o carta de aprobación de crédito con fecha de expedición no superior a 90 días o la fecha de vigencia que indique el documento. 
  • Certificación de vinculación de la compra de una vivienda VIS con el valor de los pagos realizados a la fecha de expedición del documento (originales y/o digitales con vigencia no mayor a 30 días calendario o mes anterior).
     
  • Plan de pagos donde se demuestre el detalle de los abonos o aportes realizados a la cuota inicial (constructora o fiduciaria) originales y/o digitales con vigencia no mayor a 30 días calendario o mes anterior.
  • Copia del último recibo de consignación con (el)los pago(s) efectuado(s), originales y/o digitales con vigencia no mayor a 30 días calendario o mes anterior. 

Opcionales: 

  • Certificación que acredite “ahorros previos” con una vigencia no superior a 90 días, representados en:    
  • Cesantías  
  • Ahorros programados   

Para mayor información sobre las características de cualquiera de estos documentos consulte más abajo en "ahorro previo". 

  • Cuando la postulación se realice con (menores de edad) se recomienda presentar registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad. 

Recuerda que Colsubsidio verificará con el constructor u oferente con el que te encuentres adelantando la negociación de tu vivienda, la información aportada.   

Otros: 

  • Para postulaciones con integrantes divorciados o separados legalmente: registro civil de matrimonio o nacimiento con nota marginal que acredite la liquidación y disolución de sociedad conyugal o divorcio. Para unión libre, el documento que acredite la liquidación y disolución de la sociedad patrimonial, si es el caso. 
  • Para postulaciones con integrantes viudos: registro civil de matrimonio o partida de matrimonio y registro civil de defunción, si es el caso. 
  • Para postulaciones con: sobrinos, hermanos, nietos y/o bisnietos, menores de edad, anexar documento que acredite la custodia, cuidado y tenencia del(os) menor(es) de edad, expedido por entidad competente de acuerdo con la ley. (ICBF o Comisarías de Familia) 
  • Cuando uno de los integrantes del grupo familiar presente algún grado de discapacidad física o mental: acreditar mediante certificación médica expedida por la EPS (esta condición genera mayor calificación al subsidio). 

Para tener en cuenta: 

Las postulaciones que se radiquen a partir del 22 de enero de 2024 deberán contener documentación vigente y actualizada, en el caso de las certificaciones laborales con el valor del SMMLV 2024 - vigencia 60 días. 

Con relación a las postulaciones con novedades o inconsistencias resultantes del año 2023, para continuar con la solicitud deberá radicarse la siguiente documentación actualizada: 

  • Formato de actualización publicado en este portal web. 
  • Nuevo formulario de postulación (en numeral 1 del formulario debe marcar la casilla cruce y/o actualización). 
  • Certificaciones laborales con SMMLV actualizado a 2024 vigencia 60 días. 
  • Preaprobado o aprobado de crédito hipotecario, vigencia 90 días. 
  • Presentar documento para subsanar la novedad, no mayor a 30 días. 

Otros: documentos que se requieran actualizar por motivo del incremento del SMMLV de 2024 

Criterios de calificación para el subsidio 

Dentro de la postulación al subsidio de vivienda y conforme el artículo 2.1.1.1.1.4.1.2. del Decreto 1077 de 2015,  en donde se establecen los criterios que se deben tener en cuenta para calcular los puntajes de calificación de cada solicitud; y por otra parte,  el artículo 2.1.1.1.1.3.3.1.1. postulación del Decreto 1077 de 2015, en donde se establecen los documentos a presentar para la postulación al subsidio de vivienda, los siguientes documentos correspondientes a “ahorro previo” o recursos propios del hogar pueden presentarse en la solicitud del subsidio de vivienda y otorgan mayor calificación dentro del proceso de asignación: 

  • Cesantías: fotocopia de certificación expedida por el fondo de cesantías correspondiente, con fecha de inmovilización, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario). 
  • Ahorro programado: fotocopia de certificación expedida por la entidad financiera correspondiente, con fecha de inmovilización, número de cuenta, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario). 
  • Aportes a fiducia: fotocopia de certificación expedida por la fiduciaria correspondiente, con saldo que se encuentra a la fecha, fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario), firmado por la autoridad competente, con este documento se acreditan los aportes realizados por el hogar ante la fiduciaria en el proceso de compra de la vivienda. 
  • Cuota inicial: fotocopia de certificación expedida por la constructora correspondiente, con el saldo que se encuentra a la fecha. Fecha de expedición de documento firmado por la autoridad competente (vigencia no mayor a 90 días calendario). 

Otras condiciones que generan mayor calificación dentro de la asignación del subsidio familiar de vivienda: 

  • Mujer u hombre cabeza de hogar: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (J) en el punto 3 del formulario de postulación, adicionalmente la marcación del SI _X_ en el formato “Declaración de estado civil y condición especial." 
  • Discapacitado: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (D) en el punto 3 del formulario de postulación, esta condición se acreditará con la certificación médica expedida por la EPS. 
  • Mayor de 65 años: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (M65) en el punto 3 del formulario de postulación, esta condición se acreditará con el documento de identidad, aplica para quienes tengan 66 años cumplidos. 
  • Condiciones socioeconómicas, de acuerdo con los ingresos presentados por el grupo familiar. 
  • Número de integrantes del grupo familiar, por lo cual se reitera la importancia en que el grupo familiar inicialmente registrado en afiliaciones sea consistente con el postulado al subsidio. 
  • El número de veces en que participa la solicitud se aclara que, si un subsidio resulta en estado "calificado", la solicitud no se rechaza ni se niega, por el contrario, sigue participando en las asignaciones subsiguientes. 

La presentación de estos documentos o acreditación de las condiciones especiales mencionadas anteriormente aseguran un mayor puntaje en la postulación del subsidio, lo cual indica que las postulaciones que cuenten con estas características tienen mayor probabilidad de asignación frente a las demás solicitudes. 
 
Finalmente, y conforme el artículo 2.1.1.1.1.4.1.4 del Decreto 1077 de 2015,  la asignación de los subsidios depende de la calificación que cada postulación obtenga en el proceso de asignación y el presupuesto disponible para asignar subsidios en cada periodo de adjudicación. 
 
De esta manera, resaltamos lo determinado en los parágrafos del artículo mencionado anteriormente: 

  • "Parágrafo 1°. Si los recursos no son suficientes para atender el monto total de subsidio solicitado por el postulante individual alcanzado por el corte de selección, tanto ese postulante como los que le siguen en el orden secuencial serán excluidos de la correspondiente asignación." 
  • "Parágrafo 2°. Las entidades otorgantes del subsidio no asumirán compromiso alguno respecto de los postulantes que no alcanzaren a quedar incorporados en los listados de beneficiarios contenidos en las resoluciones de asignación expedidas en los términos del artículo 2.1.1.1.1.4.3.1 de la presente sección". 

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Mejora tu calidad de vida con nuestro subsidio de vivienda, conoce nuestro cronograma de postulaciones

El ajuste del subsidio familiar de vivienda, establecido mediante Decreto 1077 de 2015, otorga a la caja de compensación la facultad de aplicar un aumento al valor del subsidio de vivienda inicialmente asignado, el cual por políticas de la caja debe cumplir las siguientes características, la cuales deben reunirse para realizar la solicitud, en donde el factor fundamental es que el hogar debe mantener las mismas condiciones que presentó para la postulación al subsidio de vivienda: 
 

Condiciones a cumplir 

  • La afiliación a la caja de compensación. 
  • Conformación del grupo familiar (debe mantener el mismo estado civil de la postulación). 
  • Estado civil (debe conservar el reportado en afiliaciones – sistema interno – postulación). 
  • La condición socioeconómica del hogar (ingresos deben mantenerse a los presentados en la postulación, la excepción que podría manejarse sería la variación del valor del salario mínimo por el cambio de año). 

Es importante aclarar que, para el trámite del ajuste o reajuste, el subsidio de vivienda debe encontrarse vigente a la fecha de la solicitud de ajuste y sin aplicar, es decir, no haber firmado escritura pública o que el constructor u oferente haya solicitado anticipo del subsidio de vivienda. La solicitud la debe diligenciar y firmar el hogar beneficiario y remitirla y/o radicarla a través de la constructora con la cual esté adquiriendo el inmueble, por lo cual será la constructora quien envíe desde sus correos corporativos la(s) solicitud(es) al correo de Colsubsidio postulacion.subsidiodevivienda@colsubsidio.com. 

 
Documentos 

  1. Descarga y diligencia el formato de solicitud del ajuste firmado al menos por el beneficiario titular del subsidio. 
  1. Certificación laboral original o digital, o el documento que aplique según el tipo de afiliado, no mayor a 60 días (de todos los mayores que reportaron ingresos). 
  1. Copia promesa de compraventa u otrosí con fecha de escrituración dentro del mismo año que se realice la solicitud. 

Puedes radicar tus documentos para postularte al subsidio familiar de vivienda, lo podrás hacer a través del Portal Transaccional o en el Centro de Servicio más cercano.  
 
Si vas a radicar solicitud de ajuste, reajuste, renuncia o alguna otra solicitud referente a la postulación o asignación del subsidio de vivienda, lo podrás hacer a través del correo electrónico corporativo postulacion.subsidiodevivienda@colsubsidio.com o en el Centro de Servicio más cercano a tu lugar de trabajo o residencia. 

Recuerda que el correo mencionado no será válido como medio o canal de radicación para las postulaciones de vivienda nueva o arrendamientos, las cuales solo se podrán radicar a través del Portal Transaccional o acercándote a una de las sedes de nuestros  centros de servicio.

 

Documentos del plan de vivienda

 

Con el fin de percibir los recursos de los subsidios de vivienda, se deberá realizar inicialmente la inscripción del oferente y el plan de vivienda ante la caja de compensación, para posteriormente solicitar el desembolso de los recursos de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares afiliados. Para tal proceso, la Caja Colombiana de Subsidio Familiar Colsubsidio, requiere la siguiente documentación para realizar el estudio de la solicitud:

  • Carta remisoria indicando la relación de documentos.
  • Permiso de ventas y/o enajenación o radicado de este. Licencia de construcción vigente, con sus respectivas modificaciones, prórrogas y/o revalidaciones a las que hubiere lugar. En caso de haber culminado obras, será necesario aportar acta de finalización de obra firmada dentro de la vigencia por el profesional constructor responsable, con copia de su matrícula profesional.
  • Juego de planos arquitectónicos aprobados bajo licencia de construcción, este archivo deberá aportarse en PDF independiente llamado “Planos arquitectónicos”.
  • Licencia de urbanismo con sus respectivas modificaciones, prórrogas y/o revalidaciones a las que hubiere lugar. En caso de no requerir expedición de licencia de urbanismo se deberá aportar resolución de legalización del barrio o sector donde se encuentra ubicado el plan de vivienda a inscribir y/o concepto emitido por secretaría de planeación del municipio.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días de expedición del predio en mayor extensión sobre el cual se desarrolla el proyecto de vivienda.
  • Carta de presentación del proyecto, detallando de manera clara y expresa la conformación y distribución de las unidades de vivienda aprobadas bajo licencia de construcción, adicionalmente, indicar en esta carta el valor de las unidades de vivienda, la dirección con nomenclatura y municipio en donde se encuentre el proyecto de vivienda, las sociedades que participan en el desarrollo del proyecto y en qué calidad. Por último, indicar el correo de notificación donde Colsubsidio debe remitir los soportes de desembolso de los subsidios de ese proyecto de vivienda, aportar como mínimo 2 correos electrónicos, en caso de existir fiducia mercantil, indicar los correos electrónicos de la fiduciaria.
  • Certificación bancaria de la cuenta  a la cual solicitan el giro de los recursos de los subsidios familiares de vivienda no mayor a 30 días de expedición. En caso de existir contrato de fiducia mercantil, la cuenta bancaria deberá estar a nombre del fideicomiso que administra los recursos del proyecto de vivienda.
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio y con vigencia no mayor a 30 días de expedición, RUT y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal del oferente. En caso de que participen varias sociedades en el desarrollo del proyecto, enviar estos 3 documentos por cada una de las sociedades.
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera, RUT y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la fiduciaria, en caso de que exista contrato de fiducia mercantil para la administración de los recursos del proyecto, así como para la tenencia del lote (cuando aplique).
  • Contrato de fiducia mercantil con sus respectivos otrosíes a los que hubiere lugar (cuando aplique).
  • Contratos de convenio asociativo, constitución de uniones temporales y/o cualquier tipo de contrato privado y/o público, cuando participen varias sociedades en el desarrollo del proyecto. Dicho contrato deberá especificar la calidad con que actúa cada parte, los derechos, obligaciones y responsabilidades de cada una, así como su índice de participación porcentual en el mismo.
  • Si el constructor no se encuentra inscrito ante Colsubsidio deberá aportar ficha técnica de creación de terceros en original firmada por el representante legal cuando se giren los recursos directamente al constructor. Se anexa ficha en su versión 15 para ser diligenciada en caso que aplique. (Descargar documento EXCEL 2,3 MB).


Cabe resaltar que cada uno de los documentos solicitados para la inscripción del plan de vivienda deberán ser remitidos en un archivo de PDF de manera individual, lo cuales deberán ser allegados de forma digital al correo oferentes.subsidiosdevivienda@colsubsidio.com

Posteriormente, una vez el plan de vivienda se encuentre incluido en nuestro listado de planes de vivienda declarados como elegibles, para el giro de los recursos de los subsidios familiares de vivienda, se deberá allegar la siguiente documentación respecto de cada hogar afiliado con el cual se encuentre en proceso de cierre de negocio:

 

  • Certificado de tradición y libertad original, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Carta de autorización de desembolso original firmada por todos los mayores de edad beneficiarios subsidio donde autorizan a Colsubsidio a realizar el desembolso del subsidio familiar de vivienda a nombre del constructor y/o fideicomiso conforme los datos de la certificación bancaria aportada al momento de la inclusión del plan de vivienda.
  • Acta de entrega del inmueble original suscrita por el constructor y el hogar beneficiario del subsidio.
  • Certificado de existencia y/o habitabilidad del inmueble objeto de aplicación del subsidio, expedido por las entidades autorizadas por Colsubsidio.
  • Carta remisora por parte del constructor relacionando los documentos presentados para el giro del subsidio familiar de vivienda.


La solicitud de desembolso de los subsidios familiares de vivienda la podrá radicar a través del correo electrónico oferentes.subsidiosdevivienda@colsubsidio.com. Cada solicitud de desembolso deberá contener los cinco (5) documentos anteriormente descritos.

Los subsidios familiares de vivienda asignados por Colsubsidio, de acuerdo con la normatividad vigente, tendrán una vigencia inicial de (36) treinta y seis meses, los cuales se podrán prorrogar, por una sola vez, hasta por (24) veinticuatro meses adicionales, mediante acta suscrita por el representante legal, sin exceder (60) sesenta meses la vigencia total del subsidio. Para ser beneficiario de la prórroga del subsidio de vivienda, podrá consultar las condiciones y requisitos a través del siguiente link: https://www.colsubsidio.com/apoyo-financiero/subsidio/vivienda/asignacion/prorroga.

Posibilidad de otorgar por parte de Fonvivienda, a través del programa Mi casa ya, un subsidio familiar de vivienda de forma concurrente o complementaria al subsidio familiar de vivienda otorgado por las cajas de compensación familiar para la adquisición de una solución de vivienda, siempre y cuando la naturaleza de estos lo permita. 
 
Condiciones: 

  • El hogar deberá contar primero con un subsidio de vivienda asignado por la caja de compensación. 
  • Contar con un crédito aprobado para la adquisición de una solución de vivienda o, en su defecto, contar con una carta de aprobación de un leasing habitacional emitida por una entidad financiera (banco) o por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA). 
  • El hogar deberá solicitar el subsidio concurrente o complementario ante la entidad bancaria o financiera.
  • Aplica para hogares que, perciban hasta dos (2) SMMLV. 
  • Aplica para subsidios de vivienda nueva urbana asignados, vigentes y sin aplicar. 
  • Aplica sobre viviendas cuyo precio no supere el límite establecido para la vivienda de interés prioritario (VIP) y social (VIS) en las normas que regulen la materia. 
  • El subsidio que otorgará FONVIVIENDA será de hasta 20 SMMLV. 
  • El núcleo familiar que se postule en Colsubsidio deberá será el mismo que se postula al programa Mi Casa Ya
  • Si el hogar ya cuenta con la resolución de asignación expedida por Fonvivienda sin tener asignado previamente el subsidio por parte de Colsubsidio deberá renunciar al subsidio de Mi Casa Ya y proceder primero con la asignación del subsidio por parte de la CCF. 

Nota:

 I. La suma de los dos (2) subsidios para los hogares que, según los requisitos, cumplan las condiciones para ser beneficiarios de subsidio de concurrencia, complementarán la cuota inicial junto con los recursos propios del hogar.

II. La asignación y desembolso del subsidio de concurrencia están sujetos a las disposiciones y cupos otorgados por el gobierno nacional a través de FONVIVIENDA para el año 2024.

III. Se recomienda realizar la postulación a concurrencia 1 mes después de la asignación del subsidio de la CCF. 

  • El hogar que se postule al subsidio familiar de vivienda deberá coincidir con los integrantes del núcleo familiar registrados en la afiliación a la CCF (consulta con el asesor). 
  • Si te postulas con menores de edad, deberás presentar el registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad con el fin de diligenciar en el formulario el número correcto de identificación y de esta manera evitar inconvenientes al momento de la verificación de la información y cruces externos correspondientes. 
  • Los ingresos certificados al momento de la postulación deberán corresponder con aquellos que se presenten en la solicitud ante la entidad financiera para acceder al crédito hipotecario. 
  • Radica los documentos para postularte, a través de www.colsubsidio.com  Portal Transaccional o en el Centro de Servicio más cercano. 
  • Las certificaciones laborales pueden ser presentadas físicas en original o con firma digitalizada. 
  • Luego de la postulación, verificar las asignaciones de subsidios de vivienda que realiza Colsubsidio según el cronograma de asignación. 
  • Es de obligatorio cumplimiento que el hogar postulante haga lectura del numeral 11 del formulario de postulación, asegurando la marcación en la autorización para la utilización de datos personales. 
  • La omisión, la imprecisión, así como la comprobación de que la información suministrada para la postulación al subsidio familiar de vivienda no corresponde a la verdad, generará las sanciones establecidas por la normatividad vigente. 
  • Los hogares unipersonales se definen como aquellos hogares compuestos por una sola persona. Se trata de hombres y mujeres, solteros, separados, divorciados o viudos que viven solos. 
  • El subsidio familiar de vivienda te ofrece los siguientes beneficios:
  • Cobertura de aplicación a nivel nacional. 
  • Vigencia inicial de 36 meses prorrogables previo cumplimiento de requisitos establecidos en la norma. 
  • Derecho al ajuste de valor de subsidio aprobado inicialmente, conforme el Decreto 1077 de 2015. 
  • El subsidio familiar de vivienda asignado será el complemento principal de la cuota inicial en la adquisición de la vivienda. 
  • Para los hogares que devenguen hasta 2 SMMLV equivalentes a $ 2.600.000, la posibilidad de aplicar a un subsidio complementario al otorgado por la CCF, hasta por el valor de 20 SMMLV de 2024 equivalentes a $ 26.000.000  La asignación de este subsidio dependerá de la aprobación y cumplimiento de requisitos ante la entidad de crédito que se solicite. 



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